Reparaciones Necesarias y Locativas

Reparaciones Necesarias y Locativas

¿A quién le corresponde efectuarlas?
Para tener una mejor comprensión en torno a este tema, es necesario especificar primero a través de una definición genérica, el alcance de las reparaciones necesarias y las locativas en un inmueble arrendado.

1. Las primeras tienen relación con todo aquello que no permite el correcto funcionamiento del inmueble, como averías en las redes de gas, acueducto y suministro eléctrico del bien arrendado.

2. Las segundas se refieren a aquellas reparaciones, que se generan debido al mal uso que da el ?Arrendatario? al inmueble, como los daños en los pisos, pintura y chapas entre otros.

La ley ha reglamentado este tema y es clara en afirmar que las reparaciones necesarias están a cargo del arrendador y que las locativas le corresponden al arrendatario; pero no hay una precisión en el sentido que no contamos con un listado específico que nos indique puntualmente cada reparación a quien le corresponde, por lo que el tema se vuelve complejo, obligándonos a analizar cada caso de forma individual, para determinar de una forma certera la responsabilidad frente a la reparación.

Esta es una de las razones, por las que ofrecemos en Mattis Inmobiliaria la asesoría de nuestro personal altamente calificado en aplicación del sistema normativo y jurídico, como parte de nuestro servicio en administración de propiedad raíz.

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